¿Cómo puedo empadronarme en Madrid?

Las elecciones en los municipios y en la Comunidad de Madrid están a la vuelta de la esquina y nunca ha habido tanto en juego. Es posible desterrar a Ayuso de la Puerta del Sol y a los nefastos alcaldes que llevan años abandonando nuestros pueblos. Lo estamos rozando con la punta de los dedos y cada voto cuenta. Por eso es importante que todos los y las madrileñas que creemos es una alternativa, estemos empadronados y empadronadas para qué ningún voto se quede fuera.

Pasos del empadronamiento


Los trámites son muy similares en todos los municipios: pedir cita previa, que será presencial, en la oficina del Ayuntamiento, debe hacerse de forma presencial, y acudir con la documentación que indicamos más abajo. Normalmente se puede pedir cita online o por teléfono. Te dejamos el ejemplo de la Ciudad de Madrid.

La cita previa se solicita a través de los siguientes canales:

  • En Línea: a través del enlace www.madrid.es/citaprevia, selecciona, en categoría Padrón, y en trámite o servicio, Altas, Bajas y Cambio de domicilio en Padrón.
  • Por teléfono: a través del teléfono gratuito 010 si llamas desde la Ciudad de Madrid, o del 915 298 210 si llamas desde fuera.

A tu cita de empadronamiento, debes llevar la siguiente documentación:

  1. Solicitud de empadronamiento: puedes descargarla aquí y llevarla cumplimentada con letra mayúscula.
  2. Documentos de identidad:
    1. Si tienes nacionalidad española: DNI o pasaporte en vigor.
    2. Si tienes nacionalidad extranjera:
      1. De Estados miembros de la Unión Europea, Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza: NIE (Número de Identidad de Extranjero) junto a pasaporte o a su documento nacional de identidad originales en vigor.
      2. De otras nacionalidades: permiso de residencia (si no se dispone de él, se aportará el pasaporte).
  3. Documentos que acreditan el uso de la vivienda (alguno de los siguientes):
    1. Última factura de una compañía suministradora de telefonía fija, internet fijo, agua, luz o gas.
    2. Contrato de suministro de telefonía fija, internet fijo, agua, luz o gas.
    3. Contrato de alquiler en vigor de vivienda o habitación. La duración mínima será de seis meses y deberá estar firmado por todas las personas que figuran en el contrato.
    4. Escritura o copia simple de propiedad de la vivienda, contrato de compraventa o nota simple del Registro de la Propiedad.

¿Una vez empadronada o empadronado, cómo me inscribo para votar?

Declara tu intención de voto en una solicitud:

  • Presencialmente: En el Ayuntamiento de residencia mediante la cumplimentación del impreso de declaración formal de manifestación de voluntad de votar en España disponible en el propio Ayuntamiento.

  • Con cita previa obligatoria en las Oficinas de Atención a la Ciudadanía-Línea Madrid

     

Tienes plazo hasta el 1 de febrero de 2023.

¿Cuáles son los requisitos?

  • Haber cumplido los 18 años antes del 28 de mayo de 2023.
  • Estar inscrito en el Padrón municipal de habitantes.
  • Tener la autorización de residencia en España.
  • Haber residido  ininterrumpidamente en España durante:
    • 3 años anteriores al día de la votación, para nacionales de Noruega.
    • 3 años anteriores a la solicitud para nacionales de Reino Unido.
    • 5 años anteriores a la solicitud para nacionales de Bolivia, Cabo Verde, Chile, Colombia, Ecuador, Islandia, Noruega, Nueva Zelanda, Paraguay, Perú, Trinidad y Tobago y Corea.