Info práctica para solicitar la prórroga de alquileres
El Gobierno ha aprobado una medida urgente que puede afectar directamente a tu situación como persona arrendataria. El Real Decreto-ley 8/2026 reconoce el derecho de los inquilinos a solicitar una prórroga extraordinaria de dos años en sus contratos de alquiler de vivienda habitual.
¿Quién puede solicitarla?
Puedes solicitar esta prórroga si tu contrato de alquiler finaliza entre el 22 de marzo de 2026 y el 31 de diciembre de 2027. No importa si tu arrendador/a te ha comunicado o no que no quiere renovarlo: el derecho nace directamente de la ley y solo depende de que tú lo solicites.
Derecho del inquilino a prorrogar hasta 2 años
La medida crea un derecho del arrendatario (no opcional para el casero) a alargar el contrato hasta dos años adicionales si el contrato vence antes del 31 de diciembre de 2027.
Hay que solicitarla (no es automática)
La prórroga no se aplica sola: el inquilino tiene que comunicarla expresamente al propietario, asegurándose de conservar un justificante de entrega (recomendado burofax o similar).
Se mantienen exactamente las mismas condiciones
Durante la prórroga:
Es literalmente una extensión del contrato existente, no uno nuevo.
Subidas del alquiler limitadas al 2%
Aunque haya prórroga, la renta solo puede actualizarse hasta un máximo del 2% anual, lo que en la práctica implica una contención fuerte de precios.
⚠️ Importante: ventana legal y riesgo político
El decreto ya está en vigor, pero depende de convalidación en el Congreso (límite aprox. 6 de mayo de 2026).
Aunque el decreto no se apruebe en el Congreso de los diputados, en este momento lo importante es que:
Envíes la comunicación a tu casero, dejando constancia del envío (burofax, correo o email certificado). ¡Hazlo cuanto antes!
👉 Traducción práctica: conviene pedirla cuanto antes.
Propuesta de escrito para que se lo comuniques a tu casero:
Hemos preparado un modelo listo para rellenar y enviar a tu casero.
📄 Descarga el modelo de solicitud de prórroga del contrato