¡Inquilina! ¡Tenemos nuevos derechos! Pide la nueva prórroga de dos años de tu alquiler
- Más Madrid inicia una campaña para reforzar la protección de las inquilinas e inquilinos tras la aprobación del RD por el Consejo de Ministros que prorroga dos años los contratos de alquiler vigentes hasta diciembre de 2027
- Las portavoces de Más Madrid en el Ayuntamiento, Rita Maestre y en la Comunidad, Manuela Bergerot, respectivamente, han explicado de manera sencilla cómo afecta el decreto a los alquileres, cómo solicitar la prórroga…
- Esta campaña busca ayudar a los arrendados a protegerse de subidas abusivas y desahucios invisibles. “Es lo justo y es tu derecho como inquilino”, han subrayado Maestre y Bergerot

Madrid, 25 marzo 2026
“¿Tu contrato de alquiler vence de aquí al 31 de diciembre de 2027? Puedes prorrogarlo, desde Más Madrid te contamos cómo hacerlo”. Las portavoces de Más Madrid, Rita Maestre y Manuela Bergerot, se han vuelto a poner al frente de la protección a los arrendados de subidas abusivas y desahucios invisibles con la campaña ¡Inquilina! ¡Tenemos nuevos derechos! Pide la nueva prórroga de dos años de tu alquiler.
El Consejo de Ministros del Gobierno progresista aprobó el pasado viernes la prórroga de dos años para los contratos de alquiler vigente hasta diciembre de 2027. Este RD tiene que convalidarse en el Congreso de los Diputados y el voto a favor es crucial para los derechos de los inquilinos.
Desde Más Madrid nos sumamos a la campaña de información que otras entidades como el Sindicato de Inquilinas han lanzado para que se corra la voz y para que el máximo de personas se acojan a este derecho. Entre las acciones que vamos poner en marcha se incluye además de la difusión de la información por todos los canales, una recogida de firmas para presionar a los partidos que deben convalidar el RD en el Congreso de los Diputados en las próximas semanas.
El Real Decreto-ley 8/2026 reconoce el derecho de los inquilinos a solicitar una prórroga extraordinaria de dos años en sus contratos de alquiler de vivienda habitual. Manuela Bergerot y Rita Maestre han detallado que afecta a los contratos que finalizan entre el 22 de marzo de 2026 y el 31 de diciembre de 2027 y que no es opcional para el casero, no puede negarse a mantener las condiciones actuales dos años más. Solo depende de que la inquilina lo solicite. Esto es importante, ya que la prórroga no es automática, sino que hay que pedirla.
Las portavoces han explicado que la solicitud se puede hacer ahora mismo, cuanto antes, para evitar el riesgo de que la derecha tumbe el decreto antes. Sólo hay que enviar un burofax como arrendado, una carta o un e-mail certificado con acuse de recibo al casero, y la prórroga se aplicará. El contrato se renovará por dos años más y sólo podrá subir un 2% al año. Es lo justo y es un derecho como inquilino, han subrayado Maestre y Bergerot.
Información práctica para solicitar la prórroga
El Gobierno ha aprobado una medida urgente que puede afectar directamente a tu situación como persona arrendataria. El Real Decreto-ley 8/2026reconoce el derecho de los inquilinos a solicitar una prórroga extraordinaria de dos años en sus contratos de alquiler de vivienda habitual.
1. ¿Quién puede solicitarla?
Puedes solicitar esta prórroga si tu contrato de alquiler finaliza entre el 22 de marzo de 2026 y el 31 de diciembre de 2027. No importa si tu arrendador/a te ha comunicado o no que no quiere renovarlo: el derecho nace directamente de la ley y solo depende de que tú lo solicites.
2. Derecho del inquilino a prorrogar hasta 2 años
La medida crea un derecho del arrendatario (no opcional para el casero) a alargar el contrato hasta dos años adicionales si el contrato vence antes del 31 de diciembre de 2027.
3. Hay que solicitarla (no es automática)
La prórroga no se aplica sola: el inquilino tiene que comunicarla expresamente al propietario, asegurándose de conservar un justificante de entrega (recomendado burofax o similar).
4. Se mantienen exactamente las mismas condiciones
Durante la prórroga:
- mismo precio
- mismas cláusulas
- mismas obligaciones para ambas partes
Es, literalmente, una extensión del contrato existente, no uno nuevo.
5. Subidas del alquiler limitadas al 2%
Aunque haya prórroga, la renta solo puede actualizarse hasta un máximo del 2% anual, lo que en la práctica implica una contención fuerte de precios. /
En este enlace, toda la información para solicitar la prórroga del alquiler
https://masmadrid.org/alquiler/
